Funciones
1.- Planear, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la prestación de los servicios escolares a los alumnos del Instituto Tecnológico, conforme a las normas y lineamientos por la Secretaria de Educación Pública.
2.- Elaborar el programa operativo anual y el anteproyecto de presupuesto del Departamento y presentarlos a la Subdirección de Planeación y Vinculación para lo procedente.
3.- Aplicar la estructura orgánica autorizada para el departamento y los procedimientos establecidos.
4.- Difundir la normatividad de control que emitan los órganos centrales normativos de la Secretaria de Educación Pública y verificar su cumplimiento.
5.- Coordinar la operación de los procesos de inscripción, reinscripción, cambios y traslados de los alumnos del Instituto Tecnológico, conforme a las normas y lineamientos establecidos.
6.- Coordinar los procesos derivados de las acciones de regularización, acreditación, certificación y titulación de los alumnos del Instituto Tecnológico, conforme a las normas y lineamientos establecidos.
7.- Coordinar y controlar los tramites de convalidación, revisión, revalidación y equivalencia de estudios de los alumnos del Instituto Tecnológico así como la expedición de constancias de estudios conforme a las normas y lineamientos establecidos.
8.- Coordinar la realización de investigaciones de nuevos métodos, técnicas y procedimientos relativos a servicios escolares así como de los estudios de factibilidad para su aplicación.
9.- Coordinar las actividades del Departamento con las demás áreas de la Subdirección de Planeación y Vinculación.
10.- Presentar reportes periódicos de las actividades desarrolladas a la Subdirección de Planeación y Vinculación.
OFICINA DE CONTROL ESCOLAR, FUNCIONES QUE REALIZA.
1.- Llevar el seguimiento de la escolaridad de los educandos de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos por instancias correspondientes.
2.- Elaborar el programa operativo anual el anteproyecto de presupuesto de la oficina y someterlos a la consideración del Departamento de Servicios Escolares.
3.- Gestionar en coordinación con la oficina de servicios estudiantiles, cambios de adscripción, de carrera, convalidación de estudios, revisión, revalidación o equivalencia de estudios, exámenes especiales y otros.
4.- Tramitar y gestionar exámenes y documentación relacionados con los estudios realizados por el alumnado.
5.- Coordinar las actividades de la oficina con las demás áreas del Departamento de Servicios Escolares.
6.- Presentar periódicamente al Departamento de Servicios Escolares reporte de las actividades desarrolladas en la oficina.
OFICINA DE SERVICIOS ESTUDIANTILES, FUNCIONES QUE REALIZA.
1.- Proporcionar los servicios de información y gestión para la obtención de becas, asesoría psicológica y atención médica a los alumnos del instituto tecnológico.
2.- Elaborar el programa operativo anual y el anteproyecto de presupuesto de la oficina y someterlos a la consideración del Departamento de Servicios Escolares.
3.- Promover la obtención de becas y orientar a los aspirantes a becarios sobre los requisitos y obligaciones para el otorgamiento de éstas.
4.- Realizar campañas de medicina preventiva y proporcionar atención médica a los alumnos cuando estos así lo requieran.
5.- Tramitar y gestionar los títulos y cédulas profesionales de los egresados del instituto.
6.- Coordinar las actividades de la oficina con las demás áreas del Departamento de Servicios Escolares.
7.- Presentar periódicamente al Departamento de Servicios Escolares tes de las actividades desarrolladas en la oficina.
Horario de atención
Atiende: Secretaria Alicia Valdovinos Campos
Carreras: Ing. en Gestión Empresarial, Lic. Administración sistema, Lic. Contaduría.
Lunes | Martes | Miercoles | Jueves | Viernes |
09:00 – 15:00 | 09:00 – 13:00 | 09:00 – 13:00 | 09:00 – 15:00 | 09:00 – 15:00 |
16:00 – 18:00 | 15:00 -18:00 |
Atiende: Secretaria Erika Jazmín Tafoya Cisneros
Carreras: Ing. en Sistemas Computacionales, Ing. Industrial
Lunes | Martes | Miercoles | Jueves | Viernes |
09:00 – 13:00 | 09:00 – 13:00 | 09:00 – 14:00 | 9:00 – 13:00 | 09:00 – 13:00 |
16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 |
Atiende: Secretaria Lizete Abarca De La Cruz
Carreras: Ing. Electrónica, Ing. Electromecánica, Ing. Química
Lunes | Martes | Miercoles | Jueves | Viernes |
09:00 – 13:00 | 09:00 – 14:00 | 09:00 – 13:00 | 09:00 – 13:00 | 09:00 – 13:00 |
16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 | 16:00 -18:00 |
Tramites y Duración
Trámite | Duración | Requisitos |
Trámite de Constancia con ó sin calificaciones | En el momento que se solicite |
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Trámite del seguro facultativo | 1 mes Enero ó Agosto, determinado por el IMSS |
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Trámite de Reinscripción | 15 a 20 minutos, para un alumno regular y sin adeudos que retrasen el proceso |
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Trámite de obtención de una beca Pronabes | 1 mes ( Agosto)En función de los tiempos determinados por el comité estatal. |
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Trámite de obtención de credencial de alumno | 1 día si no cuenta con fotografía o firma electrónica, en caso contrario en el momento en que la solicite de acuerdo a la demanda. |
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Trámite de obtención de un certificado de licenciatura | 3 días, para egreso en los meses de Septiembre y Febrero |
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Trámite de obtención de un certificado parcial de licenciatura | De 3 a 5 días |
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Trámite del acta de Examen o Excepción de Examen Profesional | 5 días hábiles |
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Trámite de obtención de Boleta de Calificaciones | De 15 a 25 minutos |
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Trámite de Traslado | 2 días, se efectúa en las fechas establecidas en el calendario del periodo escolar. |
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Trámite de Equivalencia de Estudios | De 3 a 5 días de acuerdo a la entrega del dictamen de equivalencia del área académica. Se efectúa en las fechas establecidas en el calendario del periodo escolar solo en el mes de Enero |
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Trámite de Baja Temporal | En el momento de su solicitud 5 minutos |
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Trámite de Baja Definitiva | En el momento de su solicitud. De 10 a 15 minutos |
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Trámite de obtención de titulo y cedula | 120 días hábiles. |
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Inscripción
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1. Organiza el proceso de inscripción. | 1.1 Organiza el proceso de inscripción, en coordinación con la División de Estudios Profesionales, Recursos Financieros, Departamentos Académicos, Desarrollo Académico y Centro de Cómputo. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
2. Difunde el calendario del procedimiento de inscripción. | 2.1 Difunde calendario de actividades y requisitos del procedimiento de inscripción. | Jefe del Departamento de Comunicación y Difusión |
3. Captura solicitud de ficha. | 3.1 Captura solicitud de ficha para examen de selección. | Aspirante |
4. Valida solicitud de ficha. | 4.1 Valida solicitud de ficha para examen de selección. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
5. Recibe pago y entrega ficha. | 5.1 Recibe cuota de derecho a examen de selección. | Jefe del Departamento de Recursos Financieros |
6. Captura nombre y número de ficha para bd del Ceneval y entrega guías de estudio. | 6.1 Captura nombre y número de ficha para bases de datos del Ceneval. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
7. Aplica hoja de registro Ceneval. | 7. Aplica hoja de registro Ceneval. | Jefe del Departamento de Desarrollo Académico |
8. Aplica y evalúa examen de selección. | 8.1 Aplica y evalúa los exámenes de selección. | Jefe del Departamento de Desarrollo Académico |
9. Respalda bases de datos. | 9. Respalda bases de datos. | Jefe del Centro de Cómputo |
10. Publica relación de aspirantes aceptados. | 10.1 Publica relación de aspirantes aceptados. SNEST-AC-PO-001-01. | Subdirector Académico. |
11. Cobra cuota de Inscripción. | 11.1 Cobra la cuota de inscripción. | Jefe del Departamento de Recursos Financieros. |
12. Recibe documentos, contrato firmado y asigna número de control. | 12.1 Recibe y revisa los documentos de aspirantes aceptados. Ver anexo 9.4 | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
13. Programa e imparte Cursos de Inducción. | 13.1 Programa e imparte Cursos de Inducción, en Coordinación con la División de Estudios Profesionales. | Jefe del Departamento de Desarrollo Académico |
14. Asigna y otorga carga académica (horario) | 14.1 Asigna carga académica. | Jefe de la División de Estudios Profesionales |
15. Otorga credencial. | 15.1 Emite y entrega credencial. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares. |
Anexo 9.4. Listado de documentos requeridos para inscripción.
El interesado deberá entregar la siguiente documentación al Departamento de Servicios Escolares en la fecha que le haya sido programada.
a) Solicitud de inscripción en original.
b) Certificado de Bachillerato o cualquiera de los siguientes documentos en original y copia tamaño carta.
-
Constancia de terminación de estudios.
-
Dictamen de Revalidación del bachillerato concluido.
-
Los egresados del CONALEP deberán presentar el certificado equivalente al bachillerato y el certificado técnico otorgado.
c) Equivalencia de Estudios de Licenciatura en su caso, en original y copia.
d) Revalidación de Estudios de Licenciatura en su caso, en original y copia.
e) Copia de la CURP.
f) Comprobante de cuota por concepto de inscripción. (Recibo oficial)
g) 2 fotografías tamaño infantil recientes.
h) Acta de nacimiento reciente en original y copia.
-
Los alumnos con doble nacionalidad refiérase y verifique la Ley sobre Doble Nacionalidad, Diario Oficial 20 de marzo de 1998 para el requerimiento de su acta de nacimiento en el registro civil mexicano.
-
Los extranjeros, deberán presentar el acta de nacimiento debidamente legalizada por el Servicio Consular Mexicano o apostillado por el Gobierno del País de origen, anexando copia certificada ante notario de su situación migratoria, que compruebe su legal estancia como estudiante en el País.
i) Certificado médico. (Obligatorio presentar documento emitido por alguna dependencia de salud publica).
j) Contrato firmado por el alumno, en original y copia.
Notas:
-
Carga académica: Es el documento donde se registra el número de asignaturas con la cantidad de créditos autorizados a cursar en un periodo escolar.
-
Inscripción: Proceso por el cual el aspirante que ha sido seleccionado mediante un examen y cumple con los requisitos de admisión, es registrado como alumno del plantel.
-
Número de control: Es el número otorgado por el Instituto Tecnológico para identificar al alumno, durante toda su estancia en el plantel.
-
Equivalencia de estudios: Es el acto administrativo a través del cual la autoridad educativa, declara equiparables entre sí, estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional.
-
Revalidación de Estudios: Es el acto administrativo a través del cual la autoridad educativa (DGEST) declara equiparables entre sí, estudios realizados en el extranjero con planes de estudio del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica.
Revalidación
Propósito: Emitir la resolución de Revalidación de Estudios, para apoyar a los educandos y empleados de la Organización provenientes del extranjero, que deseen avalar o continuar sus estudios dentro de los Institutos Tecnológicos Federales.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1. Organiza el proceso de inscripción. | 1.1 Organiza el proceso de inscripción, en coordinación con la División de Estudios Profesionales, Recursos Financieros, Departamentos Académicos, Desarrollo Académico y Centro de Cómputo. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
2. Difunde el calendario del procedimiento de inscripción. | 2.1 Difunde calendario de actividades y requisitos del procedimiento de inscripción. | Jefe del Departamento de Comunicación y Difusión |
3. Captura solicitud de ficha. | 3.1 Captura solicitud de ficha para examen de selección. | Aspirante |
4. Valida solicitud de ficha. | 4.1 Valida solicitud de ficha para examen de selección. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
5. Recibe pago y entrega ficha. | 5.1 Recibe cuota de derecho a examen de selección. | Jefe del Departamento de Recursos Financieros |
6. Captura nombre y número de ficha para bd del Ceneval y entrega guías de estudio. | 6.1 Captura nombre y número de ficha para bases de datos del Ceneval. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
7. Aplica hoja de registro Ceneval. | 7. Aplica hoja de registro Ceneval. | Jefe del Departamento de Desarrollo Académico |
8. Aplica y evalúa examen de selección. | 8.1 Aplica y evalúa los exámenes de selección. | Jefe del Departamento de Desarrollo Académico |
9. Respalda bases de datos. | 9. Respalda bases de datos. | Jefe del Centro de Cómputo |
10. Publica relación de aspirantes aceptados. | 10.1 Publica relación de aspirantes aceptados. SNEST-AC-PO-001-01. | Subdirector Académico. |
11. Cobra cuota de Inscripción. | 11.1 Cobra la cuota de inscripción. | Jefe del Departamento de Recursos Financieros. |
12. Recibe documentos, contrato firmado y asigna número de control. | 12.1 Recibe y revisa los documentos de aspirantes aceptados. Ver anexo 9.4 | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
13. Programa e imparte Cursos de Inducción. | 13.1 Programa e imparte Cursos de Inducción, en Coordinación con la División de Estudios Profesionales. | Jefe del Departamento de Desarrollo Académico |
14. Asigna y otorga carga académica (horario) | 14.1 Asigna carga académica. | Jefe de la División de Estudios Profesionales |
15. Otorga credencial. | 15.1 Emite y entrega credencial. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares.
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Anexo 9.4. Listado de documentos requeridos para inscripción.
El interesado deberá entregar la siguiente documentación al Departamento de Servicios Escolares en la fecha que le haya sido programada.
a) Solicitud de inscripción en original.
b) Certificado de Bachillerato o cualquiera de los siguientes documentos en original y copia tamaño carta.
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Constancia de terminación de estudios.
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Dictamen de Revalidación del bachillerato concluido.
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Los egresados del CONALEP deberán presentar el certificado equivalente al bachillerato y el certificado técnico otorgado.
c) Equivalencia de Estudios de Licenciatura en su caso, en original y copia.
d) Revalidación de Estudios de Licenciatura en su caso, en original y copia.
e) Copia de la CURP.
f) Comprobante de cuota por concepto de inscripción. (Recibo oficial)
g) 2 fotografías tamaño infantil recientes.
h) Acta de nacimiento reciente en original y copia.
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Los alumnos con doble nacionalidad refiérase y verifique la Ley sobre Doble Nacionalidad, Diario Oficial 20 de marzo de 1998 para el requerimiento de su acta de nacimiento en el registro civil mexicano.
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Los extranjeros, deberán presentar el acta de nacimiento debidamente legalizada por el Servicio Consular Mexicano o apostillado por el Gobierno del País de origen, anexando copia certificada ante notario de su situación migratoria, que compruebe su legal estancia como estudiante en el País.
i) Certificado médico. (Obligatorio presentar documento emitido por alguna dependencia de salud publica).
j) Contrato firmado por el alumno, en original y copia.
Notas:
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Carga académica: Es el documento donde se registra el número de asignaturas con la cantidad de créditos autorizados a cursar en un periodo escolar.
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Inscripción: Proceso por el cual el aspirante que ha sido seleccionado mediante un examen y cumple con los requisitos de admisión, es registrado como alumno del plantel.
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Número de control: Es el número otorgado por el Instituto Tecnológico para identificar al alumno, durante toda su estancia en el plantel.
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Equivalencia de estudios: Es el acto administrativo a través del cual la autoridad educativa, declara equiparables entre sí, estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional.
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Revalidación de Estudios: Es el acto administrativo a través del cual la autoridad educativa (DGEST) declara equiparables entre sí, estudios realizados en el extranjero con planes de estudio del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica.
Seguimiento
PROPÓSITO: Legalizar el avance académico de los estudiantes de los Institutos Tecnológicos Federales, tomando como base los registros correspondientes que lo avalan.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1. Integra expediente de nuevo ingreso. | 1.1 Integra expediente con antecedentes académicos y personales por alumno de nuevo ingreso, en el periodo escolar. | Jefe del Departamento d Servicios escolares |
2. Valida carga académica. | 2.1 Valida en el sistema las cargas académicas y horarios asignados a los alumnos en el periodo escolar. | Jefe del Departamento de Servicios escolares |
3. Evalúa registra e informa calificaciones. | 3.1 Evalúa el aprovechamiento escolar y registra calificaciones de los alumnos. | Docente |
4. Imprime boleta de calificaciones. | 4.1 Imprime boleta de calificaciones y entrega a la División de estudios Profesionales. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
5. Recibe y entrega boleta. | 5.1 Recibe boleta de calificaciones y entrega al alumno. | Jefe de la División de Estudios |
6. Recibe y revisa boleta de calificaciones. | 6.1 Recibe boleta de calificaciones y revisa que las calificaciones asentadas sean correctas. | Alumno |
7. Realiza correcciones pertinentes. | 7.1 En caso de existir una calificación errónea el docente realizará la corrección pertinente ante el Jefe Académico correspondiente en un plazo máximo de 2 días. | Docente y Jefe Académico correspondiente |
8. Reimprime boleta de calificaciones. | 8.1 Recibe las correcciones pertinentes en el periodo establecido. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
9. Elabora e imprime Actas de Calificaciones | 9.1 Imprime Actas de Calificaciones de acuerdo al formato establecido. | Jefe del Departamento de Servicios escolares. |
10. Recibe Actas de Calificaciones. | 10.1 Recibe Actas de Calificaciones y recaba firmas de los docentes. Los Jefes de los Departamentos Académicos tienen un plazo máximo de 5 días hábiles para recabar las firmas correspondientes. | Jefes de los Departamentos Académicos. |
11. Firma Actas de Calificaciones. | 11.1 Revisa Acta de Calificaciones. | Docente. |
12. Verifica firmas y entrega de Actas firmadas. | 12.1 Recibe y revisa la firma en original y copias del Acta de Calificaciones. | Jefes de los Departamentos académicos |
13. Integra Libro de Actas de Calificaciones. | 13.1 Integra la totalidad de las Actas de Calificaciones del semestre en un libro. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares
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Glosario
Acta de Calificaciones: Es el documento oficial y legal en el cual el docente deberá asentar la calificación final de la asignatura o examen a su cargo, correspondiente a sus alumnos o examinados. Este documento no debe llevar tachaduras, enmendaduras, ni documentos anexos.
Historial académico: Es el documento oficial y legal interno en el que se asientan los datos relativos al alumno y el seguimiento escolar con base en las actas de calificaciones obtenidas en los cursos normales, de repetición, de verano, exámenes globales y exámenes especiales así como de equivalencias de estudio o revalidaciones. Dichos datos deben mantenerse actualizados en el expediente individual.
Kárdex: Es el documento administrativo de carácter interno con registro electrónico, en el cual se concentran las calificaciones obtenidas, que permite dar seguimiento curricular al desarrollo académico.
Libro de Actas de Calificaciones: Es el volumen que contiene las Actas de Calificaciones con firmas autógrafas de los docentes correspondientes; agrupadas por periodo (por ejemplo: enero–junio y verano, exámenes especiales, agosto–diciembre etc.), debidamente ordenadas por folio y relacionadas al inicio del libro. Debiendo ser encuadernadas al término del periodo escolar.
Seguimiento escolar: Es el proceso mediante el cual se administra, registra y controla el historial académico de cada alumno de acuerdo con el procedimiento de acreditación de asignaturas de los planes de estudio vigentes en los Institutos Tecnológicos Federales. Inicia en la inscripción de nuevo ingreso, cuando se asigna número de control al estudiante y finaliza con la entrega de un certificado incompleto o con la entrega del título profesional.
Boleta: Documento que contiene los resultados obtenidos por el alumno de las materias cursadas en un periodo determinado.
Convalidación de Estudios
Propósito: Establecer las normas para la validación de asignaturas otorgadas por el Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica de un plan de estudios a otro, haciendo una correspondencia relativa o total en contenidos y número de créditos u horas de estudio por asignatura.
Dicha convalidación permite al estudiante transitar de una carrera a otra, de tal manera que se le tome en cuenta el avance logrado en el plan de estudios anterior en el nuevo plan de estudios.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1.Solicita convalidación para cambio de carrera | 1.1 Acude mínimo un mes antes de inicio del semestre de reinscripción a la División de Estudios Profesionales de la Institución, con una constancia de estudios indicando el tipo de acreditación y el semestre en que cursó las asignaturas. | Estudiante |
2. Recibe solicitud y constancia y verídica si procede | 2.1 Recibe solicitud y la constancia de estudios actualizada del estudiante y procede al estudio de la matriz de equivalencias elaborada por el área académica de la carrera a la que solicita el cambio. | División de Estudios Profesionales |
3. No procede, recibe dictamen, notifica al estudiante la decisión tomada y si procede registra y legaliza convalidación. | 3.1 No procede, recibe original del dictamen de convalidación de estudios. | Departamento de Servicios Escolares |
4. Si procede, registra y legaliza la convalidación. | 4.1 Si procede, recibe original del dictamen de convalidación de estudios. | Departamento de Servicios Escolares |
5. Recibe dictamen | 5.1 Recibe copia del dictamen emitido por la División de Estudios Profesionales. | Estudiante |
Cambio de Carrera
Propósito: Establecer las normas que permitan a los estudiantes cambiar de carrera en los Institutos Tecnológicos del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica, lo que se entiende como el tránsito o movimiento que realiza el estudiante de una carrera a otra dentro del Instituto Tecnológico, o a cualquier otro perteneciente al Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1.Solicita cambio de carrera | 1.1 Solicita cambio de carrera por escrito con exposición de motivos a la División de Estudios Profesionales, con copia para los Departamentos de Servicios Escolares y de Desarrollo Académico. | Estudiante |
2. Recibe solicitud y envía oficio de solicitud de cambio de carrera y analiza asignaturas y matriz de equivalencias. | 2.1 Recibe solicitud del estudiante de cambio de carrera con exposición de motivos para su análisis. | División de Estudios Profesionales |
3. Aplica evaluación de perfil vocacional | 3.1 Programa y lleva a cabo sesión para entrevista y evaluación. | Departamento de Desarrollo Académico |
4. Recibe y entrega resultados de la evaluación | 4.1 Realiza entrevista con el estudiante para informar si hay cupo en la carrera solicitada, así como del resultado de la evaluación. | División de Estudios Profesionales |
5. Analiza y decide | 5.1 Analiza y toma la decisión del cambio. | Estudiante |
6. Informa del tramite y gestiona el cambio | 6.1 Indica al estudiante los trámites que debe hacer y requisitos que debe cubrir. | División de Estudios Profesionales. |
Glosario:
-
Estudiante: Es la persona inscrita en un Instituto Tecnológico para cursar una carrera en específico con la finalidad de obtener un título de la misma en un tiempo previamente determinado.
-
Evaluación de perfil vocacional: Aplicación de instrumentos psicopedagógicos que permiten conocer las habilidades, destrezas e interés profesional del estudiante.
-
Matriz de equivalencias: Tabla comparativa de contenidos de las asignaturas.
-
Convalidación. Es la validación de los contenidos temáticos de las asignaturas de un plan estudios del mismo Sistema.
Tutorías
Propósito: Establecer las normas y lineamientos que sustentan y sistematizan el otorgamiento de la atención tutorial personalizada a los estudiantes del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica; propiciando así su formación integral y contribuyendo al mejoramiento de la calidad educativa del sistema. Esto consiste en un proceso de acompañamiento, grupal o individual, que le brindan al estudiante profesores-tutores durante su estancia en el Instituto Tecnológico, con el propósito de contribuir a su formación integral.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1. Nombra Coordinador y solicita a los Tecnológicos la incorporación del Programa. | 1.1 Nombra un Coordinador General del programa de tutoría. 1.2 Envía circular a los Directores de los Institutos Tecnológicos para solicitar la incorporación del Programa. | Director de Docencia de Dirección General de Educación Superior Tecnológica |
2. Da seguimiento a la implementación del Programa Nacional de Tutoría (PNT). | 2.1 Da seguimiento a la implementación del Programa en los Institutos Tecnológicos. 2.2 Integra directorio nacional con los coordinadores de los Institutos Tecnológicos. 2.3 Recibe reportes anuales de los resultados del Programa de Tutoría en los Institutos Tecnológicos. 2.4 Integra un reporte nacional del Programa de Tutoría y lo envía al Director de Docencia, integra estrategias para fines de planeación y mejora continua. | Coordinador General de Programa Nacional de Tutoría de Dirección General de Educación Superior Tecnológica |
3. Incorpora el Programa Nacional de Tutoría al Instituto Tecnológico. | 3.1 Solicita al Subdirector Académico la integración de un Comité Promotor y la incorporación del Programa Institucional de Tutoría (PIT), con base en los objetivos del PNT. 3.2 Autoriza nombramiento de los integrantes del Comité Promotor. 3.3 Gestiona los recursos para la operación del PIT. 3.4 Integra los recursos de la operación del PIT a su informe de rendición de cuentas. 3.5 Emite al subdirector académico las indicaciones correspondientes para fines de planeación y mejora continua del PIT. | Director del Instituto Tecnológico |
4.Integra Comité Promotor | 4.1 Convoca al Comité Académico para que designe al Comité Promotor del Programa y nombra al (los) Coordinador (es) del Programa. | Subdirector Académico |
5.Entrega nombramientos y gestiona apoyos a la acción tutorial. | 5.1 Entrega nombramientos a los integrantes del Comité Promotor, establece los objetivos y las metas del PIT. 5.2 Gestiona, ante las instancias institucionales | Subdirector Académico |
Glosario:
Tutoría: Consiste en un proceso de acompañamiento durante la formación de los estudiantes, que se concreta mediante la atención personalizada a un estudiante o a un grupo de estudiantes, por parte de académicos competentes y formados para esta función, apoyándose conceptualmente en las teorías del aprendizaje más que en las de la enseñanza.
Plan de acción tutorial: Son todas aquellas actividades y acciones que realiza el tutor para llevar a cabo el programa institucional de tutoría.
Tutor: Es el profesor formado para llevar a cabo la práctica de la tutoría académica.
Formación de Tutores: Proceso mediante el cual se fortalecen las habilidades básicas del facilitador para su desempeño en la actividad tutorial, con la consecuente contribución hacia la formación integral del estudiante y a la implementación del programa de tutoría.
Diagnóstico institucional de tutoría: Documento que manifiesta las condiciones y características con que ocurren los procesos educativos, a fin de detectar las necesidades en la implementación de un programa de tutoría.
Formación integral: Es el desarrollo equilibrado y armónico de diversas dimensiones del estudiante que lo lleven a formarse en lo intelectual, lo humano, lo social y lo profesional.
Transito Estudiantil
Propósito: Establecer las normas y lineamientos para que los estudiantes puedan cambiarse de un plantel a otro, permaneciendo en la misma carrera.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1.Solicita traslado | 1.1Solicita a División de Estudios Profesionales traslado a otro Instituto Tecnológico. | Estudiante |
2.Verifica si procede traslado | 2.1 Verifica que el estudiante este inscrito legalmente y que sea estudiante regular y no tenga adeudos. 2.2 Verifica en el Instituto Tecnológico al que solicita traslado, si existe la carrera solicitada y cupo en la misma. Si procede el Tecnológico de origen elabora: | División de Estudios Profesionales |
3. Organiza expediente | 3.1 Organiza expediente, lo coloca en sobre cerrado, sellado y cancelado y lo entrega al estudiante. | División de Estudios Profesionales |
4. Recibe sobre con expediente | 4.1 Recibe sobre con expediente y lo entrega al Instituto Tecnológico de traslado. | Estudiante |
Salida Lateral
Propósito: Establecer el procedimiento para ofrecer alternativas de salidas laterales a estudiantes que por alguna circunstancia no puedan concluir el plan de estudios a nivel licenciatura en el Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica. Este procedimiento se concibe como una estrategia institucional para responder a los encargos de política educativa sustentados en el Programa Nacional de Educación y como una alternativa formativa y profesional para los estudiantes que por diversas razones abandonan sus estudios superiores.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1. Solicita análisis de alternativa de salida lateral. | 1.1 Solicita formato para alternativa de Salida lateral. | Estudiante |
2. Recibe solicitud y tramita análisis ante el Comité Académico. | 2.1 Recibe la solicitud | División de Estudios Profesionales. |
3. Realiza análisis y emite opinión técnica. | Con el apoyo de las áreas académicas:
| Comité Académico. |
4. Envía opinión técnica de alternativa de Salida lateral. | 4.1. Informa al interesado sobre la opinión técnica factible para la Salida lateral que puede ser:
| Comité Académico. |
5. Recibe dictamen de la alternativa de Salida lateral. | 5.1 Recibe dictamen y selecciona la opinión mas adecuada: | Estudiante |
Glosario
Salida Lateral. Se conciben como una estrategia institucional para responder a los encargos de política educativa sustentados en el Programa Nacional de Educación, de forma tal que se de una respuesta académica a las actuales demandas de certificación laboral y profesional en el ámbito productivo y como una alternativa formativa y profesional para los estudiantes que por diversas razones abandonen sus estudios superiores.
Movilidad Estudiantil
Propósito: Establecer y aplicar las normas, mecanismos y actividades necesarias en la operación de la movilidad estudiantil, entendiendo esta como el tránsito o movimiento que realizan los estudiantes de los Institutos Tecnológicos para ir a cursar asignaturas a otra Institución Superior dentro o fuera del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica (SNEST), hasta por un periodo de tres semestres alternados o consecutivos, sin perder su estatus legal y con el compromiso de regresar a su Tecnológico de origen.
Fortalecer mediante el tránsito o movimiento, la formación integral del estudiante, aprovechando la infraestructura y recursos de las instituciones de Educación Superior receptoras para desarrollar una visión globalizadora. Tiene como finalidad acreditar las asignaturas cursadas en movilidad en las diferentes Instituciones de Educación Superior.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1. Emite convocatoria | 1.1 Emite convocatoria del programa de movilidad estudiantil. | Subdirección Académica |
2. Presenta solicitud escrita | 2.1 Presenta solicitud de participación cumpliendo con requisitos de la convocatoria (Anexo 1) y anexando la información requerida, para generar el expediente. | Estudiante |
3. Recibe solicitud revisa y registra | 3.1 Recibe solicitud y expediente verificando que cumpla con todos los requisitos. | División de Estudios profesionales |
4. Recibe orientación para cumplir requisitos | 4.1 Recibe orientación para cumplir con los requisitos faltantes en la convocatoria. | Estudiante |
5. Analiza la asignación en movilidad | 5.1 El Jefe de Departamento Académico define si la asignación es de su plan de estudios. | División de Estudios profesionales |
6. Selecciona otra opción | 6.1 El Departamento Académico de común acuerdo con el estudiante seleccionan otra opción de acuerdo a la disponibilidad de convenios académicos. | Departamentos Académico |
7. Emite solicitud y expediente | 7.1 Emite solicitud (Anexo 1) y expediente a la Institución de Educación Superior Receptora. | División de Estudios profesionales |
8. Recibe solicitud y expediente, emite dictamen de aceptación | 8.1 Recibe solicitud y expediente. | Institución de Educación Superior receptora |
Glosario:
Movilidad Estudiantil: Es el tránsito o movimiento que realizan los estudiantes de los Institutos Tecnológicos para cursar asignaturas en otra Institución Superior dentro o fuera del Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica hasta por un periodo de 3 semestres alternados o consecutivos, sin perder su estatus legal y con el compromiso de regresar a su Tecnológico de origen con base en los acuerdos o convenios debidamente establecidos que lo regulen.
Asignatura en Movilidad: Es aquella asignatura que puede o no corresponder al plan de estudios del estudiante, pero que puede ser considerada como optativa y/o sea considerada como equivalente, incluyendo residencias profesionales.
Institución de Educación Superior Receptora: Institución de Educación Superior, nacional o internacional, que recibe al estudiante en movilidad estudiantil.
Anexos - Proporcionados por el Departamento de Servicios Escolares
Anexo I Solicitud de participación en programa de movilidad
Anexo II Dictamen
Anexo III Veredicto de asignaturas en movilidad
Anexo IV Solicitud de estudiante en movilidad
Traslados Institucionales
Un alumno tendrá derecho durante su estancia en el instituto, únicamente a un traslado.
Puede solicitar su cambio si quiere estudiar en otro Instituto Tecnológico por razones de tipo:
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Personal.
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De trabajo.
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Porque desee cursar otra especialidad diferente a la que se ofrece en el plantel de origen.
dos meses de anticipación (noviembre y mayo) al inicio de las actividades académicas en el plantel al que se pretende ingresar.
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En el cambio de institución el alumno conservará el mismo numero de control que le fue asignado en la institución donde inicio sus estudios.
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En el cambio de institución el alumno conservará los créditos aprobados en la institución donde inicio sus estudios.
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La autorización del cambio de institución queda condicionada a la capacidad de la matricula de la institución a la que desea ingresar y a la autorización de los directores que intervienen en el proceso.
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El alumno podrá efectuar solo un cambio de institución dentro del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos.
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En el cambio de institución el alumno conservará el avance semestral y no debe exceder de 12 periodos para concluir su carrera en la nueva institución.
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Solo podrá existir movilidad interinstitucional entre las diferentes instituciones dependientes de la Dirección General de Educación Superior Tecnológica.
Para realizar un cambio de institución el alumno deberá cubrir los siguientes requisitos:
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Solicitar a la institución a la que pretende inscribirse una carta de aceptación expedida por el Departamento de Servicios Escolares con el visto bueno del Director.
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El alumno deberá presentar su Liberacion de no adeudo y su carta de aceptación en el Departamento de Servicios Escolares al momento de iniciar su tramite(material, equipo y/o Centro de Información).
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Realizar el pago correspondiente al traslado (en su tecnológico de origen) $440.00 en el Departamento de Recursos Financieros y entregar su comprobante de pago (copia rosa) en el Departemento de Servicios Escolares para impresion de su carta de no inconveniencia y seguimiento anexo.
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Para que se autorize el traslado el alumno debera ser regular (no tener evaluaciones especiales pendientes) y que entre la institución a la que pretende cambiarse y en la que estudia existan carreras comunes, de acuerdo a los planes y programas de estudio de las instituciones dependientes de la Dirección General de Educación Superior Tecnológica.
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En caso de existir necesidad de efectuar una convalidacion de estudios, el tramite sera realizado por el Instituto Tecnológico que recibe al alumno.
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El alumno será el encargado de trasladar sus documentos en sobre cerrado y sellado por el Instituto Tecnologico de procedencia.
Equivalencia de Estudios
Equivalencia de Estudios: Es el acto administrativo a través del cual la autoridad educativa (Instituto Tecnológico) declara equiparables entre sí estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional.
Descripción del Procedimiento.
Secuencia de etapas | Actividad | Responsable |
1. Solicita información. | 1.1 Solicita información para trámite de Equivalencia de Estudios. | Interesado |
2. Informa de los requisitos y entrega solicitud. | 2.1 Informa de los requisitos y entrega solicitud. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
3. Requisita solicitud, cubre cuota y reúne documentos. | 3.1 Requisita solicitud. | Interesado |
4. Recibe solicitud y coteja documentos. | 4.1 Coteja documentos originales con copias fotostáticas y entrega originales al interesado. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
5. Emite opinión Técnica. | 5.1 Analiza contenidos programáticos. | Área Académica |
6. Recibe opinión técnica e imprime en papel seguridad | 6.1 Verifica la integración del expediente. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
7. Firma Resolución de Equivalencia de Estudios. | 9.1 Revisa expediente. | Director del Instituto Tecnológico |
10. Recibe Resolución de Equivalencia de Estudios. | 10.1 Registra conclusión del trámite en Libro de Registro. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
11. Recibe Resolución y firma de recibido. | 11.1 Recibe Resolución de Equivalencia de Estudios. | Interesado |
12. Archiva copia firmada. | 12.1 Archiva copia firmada. | Jefe del Departamento de Servicios Escolares |
Lista de documentos requeridos para trámite de Equivalencia de Estudios.
Solicitud de Equivalencia de Estudios
Acta de nacimiento, original y copia. Los extranjeros, deberán presentar el Acta de nacimiento debidamente legalizada por el Servicio Consular Mexicano o apostillado por el Gobierno del País de origen.
Antecedentes académicos que acrediten que el interesado concluyó el nivel inmediato anterior a los estudios que se pretendan equiparar.
Documentos que amparen los estudios objeto de la solicitud debidamente legalizados (Certificado Parcial o su equivalente).
Copia autorizada por la Instituci ón de origen de planes y programas de estudio correspondientes. Los extranjeros, deberán presentar copia certificada de su situación migratoria que compruebe su legal estancia como estudiante en México.
Comprobante del pago de derechos (forma No. 5 SAT).
NOTAS:
Los Certificados, Diplomas, Constancias, Títulos o Grados Académicos que amparen estudios realizados en el Sistema Educativo Nacional, deberán incluir los períodos en que se cursaron los estudios escolarizados , las asignaturas, las calificaciones de las mismas y, en su caso los créditos.
La Institución debe informar que el trámite de Resolución de Equivalencia no asegura a los interesados su ingreso, ya que este estará sujeto a la capacidad de la misma.
Los Institutos Tecnológicos sólo formularán análisis técnico respecto de los estudios que ofrezca, en los demás casos, orientará al interesado para que realicen ante la autoridad correspondiente sus trámites de Equivalencia.
En el ámbito de la Secretaría de Educación Pública, el interesado cubrirá la cuota vigente por los servicios de Equivalencia, de acuerdo al monto que señale la Ley General de Derechos.
La Resolución de Equivalencia de Estudios, debe ser emitida en un plazo máximo de 15 días hábiles después de haber cubierto la cuota correspondiente e integrado completamente el expediente.
Egreso
Trámite de Cédula y Título Profesional
El Título profesional es el Documento Legal expedido por instituciones del Estado, descentralizadas o particulares que tengan reconocimiento de validez oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los requisitos académicos correspondientes o demostrados tener los conocimientos necesarios de conformidad con la Ley General de Profesiones y otras disposiciones aplicables.
El Acto de Recepción Profesional es el último requisito Académico que debe cumplir el candidato ante el jurado para obtener su Título Profesional. Consiste de Protocolo, y en algunas Opciones Examen Profesional y/o presentación de Trabajo Profesional o Tesis.
OPCIONES DE TITULACIÓN.
- Tesis Profesional.
- Libros de Texto o Prototipos Didácticos.
- Proyecto de Investigación
- Diseño y Rediseño de equipo, aparato o máquina.
- Cursos Especiales de Titulación
- Examen Global por Áreas de Conocimiento.
- Memoria de Experiencia Profesional.
- Escolaridad Por Promedio.
- Escolaridad por Estudios de Postgrado.
- Memoria de Residencia Profesional.
Seguro Facultativo
Todo alumno que no cuente con atención médica, podrá solicitar Seguro Facultativo del Régimen del Seguro Social.
Requisitos a cubrir:
- Ser alumno vigente del Instituto Tecnológico de Lázaro Cárdenas.
- Llenar solicitud del Seguro Facultativo, el primer mes de cada semestre (Enero y Agosto).
Servicios a que tiene derecho el Alumno inscrito al Seguro Social:
- Consulta de medicina Familiar y Especialidad.
- Farmacia.
- Laboratorio de Análisis Clínicos.
- Rayos X.
- Servicio de Odontología.
- Medicina preventiva (Detección oportuna de Enfermedades y aplicación de Vacunas).
La cobertura del seguro facultativo es proporcionada durante los semestres que permanezca el Estudiante inscrito en la institución y terminará al Egresar o al causar baja por cualquiera que sea la causa.
Lugar donde se brinda el Servicio Médico:
- De acuerdo al domicilio que el estudiante manifieste en su Solicitud de Inscripción, se asignará la clínica correspondiente.
Para mayor información acudir al departamento de Servicios Escolares.
Seguro Estudiantil
Proposito: Poliza de seguro colectivo de “Accidentes escolares” que emite MetLife México, para proteger a los alumnos, personal administrativo y personal docente de la Dirección General de Educación Superior Tecnologica.
- Muerte accidental a consecuencia de un “Accidente Escolar”*
- Ayuda para Gastos Funerarios. (En caso de que la muerte ocurra fuera del periodo escolar y/o fuera del trayecto ininterrumpido de traslado de su domicilio al plantel educativo y viceversa)*
- Perdida de miembros o de la vista en un “accidente escolar”, Escala de indemnización “B”*
- Reembolso de Gastos Médicos (a consecuencia directa de un “accidente escolar”)*
- Pago directo hospitalario por atención medica a consecuencia de un “accidente escolar” amparado*
- Los gastos que resulten de aparatos de prótesis dental o de cualquier otra clase y tratamientos de ortodoncia, necesarios a causa de un “accidente escolar”*
- Los gastos de ambulancia o de traslado del asegurado*
- Beneficio de Ayuda Económica por Orfandad*
Lineamientos Escolares y de Tránsito, de los Alumnos del Sistema Nacional de Institutos Tecnológicos